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martes, 18 de mayo de 2021

¡CICLISTAS TENDRÁN QUE CUMPLIR NORMAS!

Sanciones se aplicarán desde el 3 de junio.
La bicicleta se ha convertido en un medio de transporte saludable y seguro para evitar los contagios durante la pandemia mundial de la Covid-19. En Tribuna Deportiva, también promovemos su uso responsable como medio para mejorar la actividad física y mental. Según las estadísticas en el Perú, en los últimos meses, la demanda de bicicletas ha ido en aumento. Pero, así como su uso está siendo más frecuente, también es necesario establecer normas para poder tener armonía en la población y las personas que no lo utilizan.

Es por esa razón, que el Gobierno del Perú, más específico el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), estableció la ley N° 30936 que promueve y regula su uso. En el Decreto Supremo 012-2020/MTC que se publicó el año pasado, se determinó normas y deberes que todo ciclista debería cumplir para poder evitar la intervención de la Policía Nacional del Perú y/o posterior prevenir una sanción e infracción ya sea para bicicletas convencionales o a motor. A partir del 3 de junio del 2021, se tendrá que cumplir estos requisitos para poder circular en bicicleta a nivel nacional. A continuación, te presentamos las normas y sanciones establecidas por el MTC.

FALTA MUY GRAVE:

- Según la norma, la única falta muy grave que se tomará en cuenta es manejar ebrio y/o bajo los efectos de las drogas. Tal cual pasa en el caso de los conductores de automóviles, también aplicará para los ciclistas. El límite de alcohol en la sangre será 0.5 gramos por litro. Esta acción se sancionará con 352 soles u 8% de 1 UIT y la retención de la bicicleta de la persona que incumple esta norma.

FALTAS LEVES:

- Toda bicicleta deberá contar con un sistema de frenos (delantero y trasero) en óptimas condiciones, sistema sonoro (timbre, bocina, etc.), retrorreflectantes para bicicleta (para manejo nocturno o en situación que impidan la perceptibilidad), luz blanca y roja para adelante y atrás de la bicicleta. De no contar con estos requisitos indispensables para transitar, la multa respectiva será de 176 soles.

- Manejar realizando maniobras peligrosas, conducir con una o sin manos, sostenerse de un vehículo mientras está en marcha, trasladar a personas cuando la bicicleta no está condicionada con un asiento, adelantar vehículos por el lado derecho y transitar en vías no permitidas, manejar en sentido contrario al tráfico, atravesar el semáforo en luz roja, tendrá una multa de 88 soles.

- Circular por la vereda también tendrá sanción. Sin embargo, no aplica en algunas circunstancias, por ejemplo, si en el lugar por donde se transita no cuenta con ciclovía, llevar a una persona discapacitada o a un menor de 7 años, cuando la ciclista está embarazada, si los ciclistas son menores de 14 años o adultos mayores y cuando la ciclovía está en reparación. Solo si no se cumplen estos casos, la multa será de 0.5% de una UIT o 22 soles.

Cabe resaltar, que no habrá multa por no usar casco, pero sí está contemplado dentro de la norma el uso como medida de protección. Las multas se aplicarán a las personas que no cumplan con cada uno de los puntos ya mencionados y será realizado la PNP. En la intervención, el efectivo solicitará el Documento Nacional de Identidad (DNI) a la persona. En caso no cuente con su identificación, el efectivo podrá multar con los datos consignados por el individuo. Estos datos tienen carácter legal, de no ser ciertas, se podrían tomar acciones administrativas o penales.

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